Luna Espejo.
Este jueves 2 de mayo, en la capital del país se dio inicio a la restricción de circulación para vehículos catalíticos (aquellos que son de combustión interna alternativa) y motocicletas, como medida que permitirá reducir 200 mil vehículos diarios del parque automotriz en la Región Metropolitana.
Dicha restricción vehicular tendrá su desarrollo en el periodo invernal 2019, teniendo su fin el 31 de agosto del presente año, en marco del Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana por Material Particulado, cuyo objetivo principal es cuidar de la salud de la población y reducir la contaminación ambiental. La prohibición vehicular se realizará de lunes a viernes entre las 07:30 horas y 21:00 horas, exceptuando los días festivos
La intendenta de la Región Metropolitana, Karla Rubilar, señaló que “este es un trabajo mancomunado de muchas instituciones y no es solo un área la que trabaja para cuidar Santiago. Con estas medidas buscamos evitar cerca de 3.000 muertes anticipadas que están asociadas a la contaminación. Con este Plan de Descontaminación aspiramos a disminuir en 1.500 las muertes al 2026 y en más de 11 mil las enfermedades crónicas relacionadas a la contaminación, principalmente por MP 2,5”.
Cabe destacar que los conductores que no respeten la prohibición vehicular se arriesgan a enfrentar multas de 1,5 UTM, un aproximado de 48.500 hasta 68.000 mil pesos.
La restricción vehicular se regirá de la siguiente forma:
MOTOS ANTES DE 2002
Aquellas inscritas antes del 1 de septiembre de 2002, el calendario se aplica de la siguiente forma:
- Lunes: 8, 9, 0 y 1.
- Martes: 2, 3, 4 y 5.
- Miércoles: 6, 7, 8 y 9.
- Jueves: 0, 1, 2 y 3.
- Viernes: 4, 5, 6 y 7.
MOTOS ENTRE 2002 Y 2010
Aquellas inscritas entre el 1 de septiembre de 2002 y el 1 de septiembre de 2010, el calendario se aplica de la siguiente forma:
- Lunes: 4 y 5.
- Martes: 6 y 7.
- Miércoles: 8 y 9.
- Jueves: 0 y 1.
- Viernes: 2 y 3.
AUTOMÓVILES CON SELLO VERDE
Los automóviles, stations wagons y similares con sello verde, pero inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 201,
el calendario se aplica de la siguiente forma:
- Lunes: 4 y 5.
- Martes: 6 y 7.
- Miércoles: 8 y 9.
- Jueves: 0 y 1.
- Viernes: 2 y 3.
AUTOMÓVILES SIN SELLO VERDE
Para automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, el calendario es el siguiente:
- Lunes: 8, 9, 0 y 1.
- Martes: 2, 3, 4 y 5.
- Miércoles: 6, 7, 8 y 9.
- Jueves: 0, 1, 2 y 3.
- Viernes: 4, 5, 6 y 7.