Elecciones en Chile: ¿puedo participar?

Desde el año 1989 los extranjeros tienen derecho a votar en Chile, según el artículo 14 de la actual Constitución chilena.

 “Podrán ser electores en el orden local, los extranjeros, de ambos sexos, que hayan alcanzado la edad de diez y ocho (18) años y que cuenten con dos años de residencia continua y efectiva en el municipio o un año para el caso de las comunas. Deberán contar con Documento de Identidad para extranjeros emitido por la autoridad nacional competente, saber leer y escribir en idioma nacional, y cumplimentar con las demás condiciones que determinen las respectivas leyes orgánicas de Municipalidades y Comunas”.

A mediados de los años noventa (90′) se aprobó considerar a los inmigrantes como ciudadanos chilenos, allí inicia un camino para los extranjeros que deseen ejercer su opinión en cuanto al manejo del país. En el año 2012 se implementó la inscripción automática y voto voluntario, lo que hizo que los inmigrantes que cumplieran con los requisitos también fueran inscritos automáticamente, facilitando el derecho a votar.

A pesar de que no hay estudios actuales sobre el ejercicio de este derecho, de acuerdo con un artículo del diario “El Mercurio”, para el año 2016, la población de origen extranjero era de un 2.7% de la población total del país. En particular un 1,4% de las personas con derecho a voto.

De igual forma según el padrón de las elecciones de 2017 los electores extranjeros habilitados para votar eran los siguientes:

Total de electores del padrón definitivo Extranjeros habilitados para votar en Chile
Región M H Total M H Total %
Arica y Parinacota 91.473 93.589 185.062 4.639 4.051 8.690 4,7%
Tarapacá 119.451 123.892 243.343 10.166 8.489 18.655 7,7%
Antofagasta 223.455 225.307 448.762 10.713 8.251 18.964 4,2%
Atacama 116.164 117.306 233.470 1.436 1.268 2.704 1,2%
Coquimbo 295.695 281.626 577.321 2.322 1.957 4.279 0,7%
Valparaíso 794.648 743.884 1.538.532 6.536 5.899 12.435 0,8%
Metropolitana de Santiago 2.932.167 2.709.183 5.641.350 98.516 81.806 180.322 3,2%
Libertador General Bernardo O’Higgins 373.272 365.143 738.415 1.605 1.504 3.109 0,4%
Maule 432.673 416.614 849.287 1.430 1.296 2.726 0,3%
Biobío 878.968 829.531 1.708.499 2.891 2.830 5.721 0,3%
La Araucanía 431.194 416.838 848.032 1.477 1.600 3.077 0,4%
Los Ríos 171.030 165.927 336.957 585 560 1.145 0,3%
Los Lagos 356.063 349.836 705.899 1.614 1.605 3.219 0,5%
Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 45.656 49.422 95.078 293 260 553 0,6%
Magallanes y de la Antártica Chilena 75.048 83.096 158.144 829 688 1.517 1,0%
TOTALES 7.336.957 6.971.194 14.308.151 145.052 122.064 267.116 1,9%

M= Mujeres H=Hombres

Los requisitos para que un extranjero vote son los siguientes:

  • Tener más de 18 años cumplidos el día de la elección.
  • No poseer penas aflictivas y vivir en Chile desde hace al menos cinco (5) años.
  • Dos años de residencia continua y efectiva en el municipio o un año para el caso de las comunas.
  • Contar con documento de identidad vigente.

La inscripción será automática “en la medida en que el Servicio Electoral tenga acceso a la información que acredite el cumplimiento del requisito de avecindamiento”, indica la Ley 18.566.

Puedes consultar si estas inscrito en el siguiente enlace:

https://consulta.servel.cl

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