Preguntas frecuentes sobre prohibición de ingreso a personas extranjeras no residentes
1- ¿Quiénes pueden ingresar al país durante la prohibición de ingreso a personas extranjeras no residentes?
R: Los chilenos y extranjeros con residencia en Chile.
2- Mientras dure la prohibición de ingreso ¿Quiénes no pueden ingresar a Chile?
R: No se permitirá el ingreso a ninguna persona extranjera, que no sea residente en el país.
3- Soy extranjero/a, aún no tengo residencia, pero tuve que salir del país ¿puedo ingresar durante el cierre de la frontera?
R: Si su solicitud de residencia o de permanencia definitiva ha sido ingresada a trámite, debe esperar a que las autoridades informen si podrá reingresar a Chile.
Si usted aun no recibe confirmación por parte de Extranjería de que su solicitud ha sido ingresada a trámite, no puede reingresar a Chile.
4- ¿Tengo estampada la visa de residencia, puedo hacer ingreso a Chile?
R: No. Quienes tengan estampadas visas consulares de residencia, no podrán ingresar a Chile mientras dure la restricción de la autoridad.
5- ¿Existirá extensión de las Visas de Responsabilidad Democrática, en los casos en que no se pueda cumplir con la fecha tope de entrada al país por el cierre de fronteras?
R: En caso que el plazo de ingreso a Chile en su visa de residencia haya vencido mientras rija la prohibición, consulte con el Consulado de Chile más cercano al lugar donde se encuentra sobre alternativas a su caso. Espere a que se reabran las fronteras.
6- ¿Qué ocurre con los extranjeros que están en Chile por turismo, cuya visa está por expirar y sus vuelos están suspendidos para poder retornar a sus países?
R: Para quienes abandonarán Chile vía aérea: Hay una oficina de PDI en el aeropuerto que evaluará caso a caso y resolverá en virtud de los antecedentes que se les presenten.
Para quienes abandonarán Chile por tierra, deben acercarse a las gobernaciones o intendencias de las regiones en las que se encuentran.
7- ¿Las aerolíneas comerciales pueden hacer escala en Chile durante este periodo? ¿Qué pasa con esos pasajeros?
R: Se aceptará el desembarco en el aeropuerto de pasajeros en tránsito de nacionalidad extranjera en conexión a otros países (escalas). Los pasajeros deberán permanecer en la zona de tránsito y no les será permitido el ingreso al territorio nacional, por lo tanto, no deben dirigirse a los controles de ingreso de la PDI.