El Ministerio de Hacienda ha incorporado las tarjetas de prepago no bancarias a la obligación de informar sus transacciones si estas alcanzan las 50 o más al mes, una medida que previamente solo se aplicaba a las tarjetas bancarias.
Esta decisión se enmarca en un proyecto de ley presentado por la secretaría de Estado que aborda diversas modificaciones a la ley de Cumplimiento Tributario. En concreto, Hacienda busca registrar las transacciones superiores a las 1.500 UF o los movimientos de más de 50 abonos al mes provenientes de 50 o más personas o entidades diferentes.
Anteriormente, solo estaban obligados a reportar sus transacciones los bancos, las cooperativas de ahorro y crédito supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) o el Ministerio de Economía, las compañías de seguros y las entidades privadas de depósito y custodia de valores. Con la modificación, también se incluyen las tarjetas de prepago como Tenpo, Mercado Pago y de las cajas de compensación, entre otras.
El objetivo de esta medida es evitar que el comercio informal opere a través de este tipo de tarjetas. Para cumplir con la ley, las entidades financieras, incluidas las emisoras de tarjetas de prepago, deberán entregar cada semestre un reporte con información detallada. Estos reportes no incluirán datos de las personas o entidades que realizaron los abonos y comenzarán a aplicarse a partir de enero.
Además, la regulación establece multas cuyo monto será determinado por un tribunal en caso de infracción. Estas multas solo serán exigibles una vez que la sentencia que declare el abuso o simulación sea firme. El giro donde conste la multa no será susceptible de reclamo, a menos que el monto no se ajuste a lo fijado en la sentencia correspondiente.