El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago ha declarado inadmisible la querella presentada por Mario Desbordes, alcalde de Santiago, en la que denunciaba una presunta ilegalidad en la aprobación de las fondas y ramadas del Parque O’Higgins en 2024, durante la gestión de Irací Hassler. Desbordes señaló un posible delito de prevaricación administrativa en un negocio meramente administrativo, argumentando que la municipalidad, bajo la administración de Hassler, desestimó un dictamen de Contraloría que indicaba que la forma en que se otorgaron los permisos era contraria a la ley.
La resolución del tribunal determinó que los hechos denunciados por Desbordes no constituyen el delito de prevaricación administrativa según el Código Penal, ya que se refieren a la dictación de una resolución administrativa por funcionarios de la Municipalidad de Santiago. Se indicó que, según un dictamen de la Contraloría General de la República, el acto debió tramitarse a través de un llamado a licitación pública y con autorización del Concejo Municipal, lo cual no se habría cumplido en este caso.
Además, se mencionó que los hechos denunciados se enmarcan en el derecho público aplicable al acto administrativo cuestionado y no en la injusticia del mismo, como exige el tipo penal de prevaricación administrativa. La Contraloría no formuló denuncia ante el Ministerio Público en un caso similar, dejando a criterio de la autoridad comunal iniciar un procedimiento disciplinario. Por lo tanto, cualquier responsabilidad de los funcionarios municipales se limitaría al ámbito civil en lugar del penal.
En conclusión, la querella presentada por Mario Desbordes fue declarada inadmisible por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, ya que los hechos denunciados no constituyen un delito de prevaricación administrativa según la resolución del tribunal y el marco legal aplicable al caso.