La Corte Suprema emitió una condena hacia dos funcionarios de Carabineros por su implicación en el robo con fuerza de un arma de fuego y municiones desde la subcomisaría Gómez Carreño de Viña del Mar en 2018. En este sentido, el tribunal decidió anular parcialmente la sentencia previa y establecer nuevas penas para los acusados.
Los individuos identificados como Ignacio Manuel Enrique Araus Candia y José Ignacio Albornoz Torres fueron sentenciados por la máxima instancia judicial. Araus Candia recibió una pena de dos años de presidio menor en su grado medio como autor del delito, mientras que Albornoz Torres fue condenado a veintiún días de prisión en su grado medio como encubridor.
Además de las penas de prisión, ambos funcionarios deberán cumplir con penas accesorias, incluyendo la suspensión de sus cargos públicos durante el período de condena.
La Corte Suprema rechazó la calificación inicial del delito como robo de material de guerra bajo el Código de Justicia Militar, argumentando que las armas de Carabineros no se consideran material de guerra. Se destacó que, si bien los funcionarios de Carabineros se asemejan a militares en ciertos aspectos legales, las armas utilizadas por ambos no deben clasificarse como material de guerra.
Por lo tanto, la máxima instancia judicial del país determinó que la condena penal por encubrimiento no podía aplicarse debido a la incorrecta calificación jurídica realizada en el fallo anterior. En consecuencia, se establecieron nuevas penas para los acusados, cumpliendo con los principios legales correspondientes.
En resumen, Ignacio Manuel Enrique Araus Candia fue condenado a dos años de presidio menor en su grado medio por robo con fuerza, mientras que José Ignacio Albornoz Torres recibió veintiún días de prisión como encubridor del mismo delito. Ambos deberán cumplir con la suspensión de sus cargos públicos durante el tiempo de condena, demostrando así la aplicación efectiva de la justicia en este caso.