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Fonasa

Todos los trabajadores dependientes e independientes, y las personas jubiladas y carentes de recursos, pueden pasar a formar parte del sistema de salud público del país.

Con esto, tanto ellos como sus cargas legales (cónyuge, hijos o quien cumpla los requisitos) tienen derecho a acceder a prestaciones médicas en la red pública o privada de salud.

Los afiliados deben cotizar mensualmente el 7 % de su sueldo imponible, cuyo tope legal es de 78,3 Unidades de Fomento (UF), y no pueden pertenecer a otro sistema de salud (ISAPRE, Capredena o Dipreca), ya que ambos sistemas son incompatibles.

¿Cuáles son los requisitos?

Para trabajadores dependientes

  • Copia de la cédula de identidad del interesado
  • Última liquidación de sueldo, donde figure descuento para Fonasa.
  • Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
  • Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero.

Trabajadores por temporada (contratados por obra, faena, jornada, turnos o días)

  • Copia de la cédula de identidad del interesado
  • Última liquidación de sueldo, donde figure descuento para Fonasa.
  • Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
  • Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero
  • Contrato de trabajo que señale expresamente el vínculo laboral mediante obra, faena, jornada, turnos o días
  • Finiquito y certificado de AFP.

Trabajadores recién contratados

  • Copia del contrato de trabajo
  • Copia de la cédula de identidad del interesado
  • Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero

Trabajadores independientes

  • Copia de la cédula de identidad del interesado
  • Comprobante de pago de cotizaciones de salud a Fonasa
  • Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
  • Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero

Excepciones: No pueden pagar como independientes voluntario los beneficiarios del SUF, afiliados a Capredena y Dipreca.

Pensionados

  • Copia de la cédula de identidad del interesado
  • Última colilla de pago de pensión (mes anterior)
  • Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
  • Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero

Carentes de recursos

Los carentes de recursos son aquellas personas que no poseen recursos, o sus ingresos, no le permiten cotizar como afiliados.

Estos, son clasificados en el Tramo A, con derecho a atención de salud en toda la red Pública Preferente y tienen gratuidad. Sin embargo, no podrán acceder a la compra de bonos (red Privada).

Para ser considerados como Carentes de Recursos se requiere no estar afecto a algún régimen de seguridad social en salud, normas especiales o convenios que den derecho a salud.

Para acceder a este beneficio, debes dirigirte a tu Establecimiento de Salud más cercano (Consultorio, CESFAM, CECOF, COSAM, Hospital, etc.), así como a sucursales Fonasa, presentando:

  • Formulario de Clasificación de Carencia, debidamente completado y firmado por todos los integrantes del grupo hogar, mayores de 18 años
  • Cédula de Identidad

Extranjeros con visa de residencia en trámite

  • Sin contrato de trabajo y sin RUN nacional (cédula)
  • Documento que acredite la identidad del ciudadano (pasaporte)
  • Documento emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, timbrado y vigente, que respaldará la entrega de Número de Identificación provisorio al interesado
  • Solicitud de residencia timbrada y vigente (Extranjería)

Extranjeros con contrato de trabajo y sin RUN nacional (cédula)

  • Documento que acredite la identidad del ciudadano (pasaporte)
  • Todas las planillas de cotizaciones de pensión canceladas con Número de Identificación provisorio, entregado por AFP
  • Solicitud de residencia timbrada y vigente

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